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LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 1945
PARTIDO JUDICIAL. — Para el de Sara transfiérese varias Items destinados a igual servicio de Puerto Suárez (Prov. Chiquitos).
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo unico. — Los ítems 468, 469 y 470 del Párrafo "B", Partidos Judiciales, Capítulo XII, Distrito Judicial de Santa Cruz, asignados al Partido Judicial de Puerto Suárez, se asigna al del Sara con asiento en Portachuelo, creado por ley de 31 de Octubre de 1924, por todo el año en curso; transferencia que se hace del Presupuesto General de la Nación, votado por Decreto de 9 de Febrero pasado.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 16 de Noviembre de 1945.
Alb. Mendoza López. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario. — Heberto Añez, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz a los veintinueve días del mes de Diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco años.
G. VILLARROEL. — V. Paz Estenssoro.
TEXTO DE CONSULTA
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