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LEY DE 5 DE DICIEMBRE DE 1945
HEVEA BRASILENSIS. — Derógase la Ley de 27 de noviembre de 1940 que prohibió la exportación de plantas, semillas y ramas de árbol de Goma, denominados así.
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo Primero. — Derógase la Ley de 27 de Noviembre de 1940, que prohibió la exportación de plantas, semillas y ramas de árbol de goma conocido con la denominación de "Hevea Brasilensis".
Artículo Segundo. — Las facilidades ofrecidas por Estados Unidos en compensación de la salida de semillas de goma, se destinan para granjas experimentales agropecuarias en los departamentos del Beni, Pando y Santa Cruz; además para las estaciones experimentales agropecuarias a crearse por el Ministerio de Agricultura en otros centros de la República.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 24 de Noviembre de 1945.
Alb. Mendoza López. — O. Lazo de la Vega, Convencional Secretario. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de Diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco años.
G. VILLARROEL. — Julio Zuazo Cuenca.
TEXTO DE CONSULTA
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