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LEY DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1945
TELEFONOS. — Construirase una línea para este servicio en El Huaico-San Josesito-Entre Ríos (Prov. O'Connor).
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo unico. — El Ministerio de Obras Públicas y Comuniciones con su, material y recursos, construirá una línea telefónica que una la ciudad de Entre Ríos, capital de la Provincia O'Connor del Departamento de Tarija con los Cantones "El Huaico" y "San Josesito".
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 17 de Noviembre de 1945.
Alb. Mendoza López. — Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de la Paz a los 26 días del mes de Noviembre de 1945 años.
G. VILLARROEL. — My. Antonio Ponce.
TEXTO DE CONSULTA
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