Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1945
EXPROPIACION. — Efectuaráse de 2 casas ubicadas en Arque, con destino a escuelas y sanidad.
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo Primero. — Decláranse de necesidad y utilidad públicas la expropiación de las casas de Carmela Arzabe y de la que fué de Julia Morales, ubicadas en la capital Arque, con destino al funcionamiento de escuelas y sanidad, respectivamente.
Artículo Segundo. — La Prefectura del Departamento de Cochabamba correrá con los trámites legales, debiendo abonarse el importe de los inmuebles con los fondos especiales del Presupuesto del Ministerio de Educación y Comité de Obras Públicas de Arque.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 8 de Noviembre de 1945.
Alb. Mendoza López. — Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los 13 días del mes de Noviembre de 1945 años.
G. VILLARROEL. — My. Edmundo Nogales O. — My. Calero V. — G. Monroy Block. — My. Antonio Ponce.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026