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LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1945
TERRENOS. — Declárase de propiedad municipal las ganados con las construcciones del río Calicanto (Prov. Tarata).
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo unico. — Se declara de propiedad municipal los terrenos ganados con los defensivos que se construyen en el lecho del río Calicanto de la ciudad de Tarata.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 8 de Noviembre de 1945.
J. V. Montellano. — Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los 13 días del mes de Noviembre de 1945 años.
G. VILLARROEL. — My. Edmundo Nogales.
TEXTO DE CONSULTA
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