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LEY DE 3 DE NOVIEMBRE DE 1945
TERRENOS. — Transfiérese gratuitamente al "Comité Provincial de Deportes" y al "Centro Obrero", los que posee la Alcaldía de Sorata.
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo Primero. — Se autoriza la Alcaldía Municipal de Sorata para que transfiera gratuitamente los terrenos que posee, al final de la Avenida Villamil de Rada, al "Comité Provincial de Deportes" y al "Centro Obrero de Sorata", con objeto de construir en esos solares la Casa Hogar del Deportista y la Casa Social del Obrero, debiendo faccionarse los planos correspondientes por los. Ministerios de Educación y Previsión Social, respectivamente.
Artículo Segundo. — Para el caso de disolución de estas entidades los terrenos revertirán a la Municipalidad.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 27 de Octubre de 1945.
J. V. Montellano. — Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario. — Heberto Añez, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 3 días del mes de Noviembre de 1945 años.
G. VILLARROEL. —My. Edmundo Nogales O.— My. J. Calero.— G. Monroy
Block.
TEXTO DE CONSULTA
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