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LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 1945
COLEGIO NAL. SUIPACHA. — Se le cede terrenos en Tupiza, para que construya su edificio propio.
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo Primero. — Se autoriza a la Alcaldía Municipal de la ciudad de Tupiza, para ceder, a título gratuito, el terreno que posee en la parte oeste del "Jardín de Niños 6 de Agosto", en la misma ciudad, para que en él se edifique un local con destino al Colegio Nacional "Suipacha".
Artículo Segundo. — Se deroga la Ley de 13 de Agosto de 1945, restituyéndose al dominio de la Alcaldía Municipal de Tupiza, el local nominado "Mercado Viejo".
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 23 de Octubre de 1945.
J. V. Montellano. — Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario. — Heberto Añez, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de Octubre de mil novecientos cuarenta y cinco años.
G. VILLARROEL. — My. Edmundo Nogales O.
TEXTO DE CONSULTA
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