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TEXTO DE CONSULTA
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LEY DE 22 DE OCTUBRE DE 1945.

 

SUCRE. — Elévase a Ley el D. S. de 2 de mayo de 1944 que concedió subvención y liberaciones a Puerto Suárez.

 

 

TCNL. GUALBERTO VILLARROEL

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

POR CUANTO:

 

LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:

 

LA CONVENCION NACIONAL

 

DECRETA.

 

Artículo unico. — Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo de 2 de Mayo de 1944, que acuerda una subvención y algunos beneficios al "Sucre Hotel" de la localidad de Puerto Suárez.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

 

Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.

 

La Paz, 13 de Octubre de 1945.

 

J. V. Montellano. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario. O. Lazo de la Vega, Convencional Secretario.

 

POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 22 días del mes de Octubre de 1945 años.

 

G. VILLARROEL. — V. Paz Estenssoro.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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