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LEY DE 22 DE OCTUBRE DE 1945.
SUCRE. — Elévase a Ley el D. S. de 2 de mayo de 1944 que concedió subvención y liberaciones a Puerto Suárez.
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA.
Artículo unico. — Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo de 2 de Mayo de 1944, que acuerda una subvención y algunos beneficios al "Sucre Hotel" de la localidad de Puerto Suárez.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 13 de Octubre de 1945.
J. V. Montellano. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario. O. Lazo de la Vega, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 22 días del mes de Octubre de 1945 años.
G. VILLARROEL. — V. Paz Estenssoro.
TEXTO DE CONSULTA
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