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LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 1945
TERRENOS. — Cédese gratuitamente a la Sociedad Obrera "26 de Enero" y a la Asociación Provincial de Foot Ball. de Vallegrande
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo Primero. — Autorízase a la Alcaldía Municipal de Vallegrande a ceder a título gratuito, OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS de los terrenos que posee en la zona Este de la población, a continuación de la Cruz, en favor de la Sociedad de Obreros "26 de Enero" y a la Asociación Provincial de Foot-Ball, para la construcción de las sedes sociales de las mencionadas instituciones.
Artículo Segundo. — El terreno cedido beneficiará en partes iguales a las entidades nombradas en el artículo anterior.
Artículo Tercero. — En caso de disolución de alguna de las entidades, los terrenos revertirán a la Municipalidad.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 13 de Octubre de 1945.
J. V. Montellano. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario. — O. Lazo de la Vega, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla coma Ley de la República,
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 19 días del mes de Octubre de 1945 años.
G. VILLARROEL. — My. Edmundo Nogales O.
TEXTO DE CONSULTA
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