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LEY DE 1° DE OCTUBRE DE 1945
NOTARIA PUBLICA. — Créase una de 3a. Clase, en Guayaramerín (Prov. Vaca Diez).
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo unico. — Créase, en el Cantón Guayaramerín, Segunda Sección Municipal de la Provincia Vaca Diez, Departamento del Beni, una Notaría de Tercera Clase, con las funciones y jurisdicción de Ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 25 de Septiembre de 1945.
J. V. Montellano. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario. — O. Lazo de la Vega, Convencional Secretario
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un días del mes de Octubre de 1945 años.
G. VILLARROEL. — My. Edmundo Nogales O.
TEXTO DE CONSULTA
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