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LEY DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1945
TRANSFERENCIA O VENTA. — Autorízase a la Alcaldía de Totora (Prov. Carrasco), efectuar de la Casa Consistorial para incrementar recursos destinados, a la Casa Cívica.
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo Unico. — Se autoriza a la Alcaldía Municipal de Totora, Provincia Carrasco del Departamento de Cochabamba, a efectuar la transferencia o venta de la Casa Consistorial a efecto de incrementar los recursos creados para la construcción de la Casa Cívica, debiendo la Alcaldía hacerse cargo de su cuidado y sostenimiento.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 13 de Septiembre de 1945.
Alb. Mendoza López. — Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario. — R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 19 días del mes de Septiembre de 1945 años.
G. VILLARROEL. — My.Edmundo Nogales O.
TEXTO DE CONSULTA
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