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LEY DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1945
DUELO NACIONAL. — Declárase por el fallecimiento del R. P. Jesuita y Coronel de Ejército Don Francisco Cerro
JULIAN V. MONTELLANO
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
LA H. CONVENCIÓN NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY:
LA CONVENCION NACIONAL
DECRETA:
Artículo primero. — Declárase duelo nacional el día 12 del presente mes, debido al fallecimiento del benemérito padre jesuíta, Coronel de Ejército Francisco Cerro, sin cierre de oficinas, como homenaje a los eminentes servicios prestados al país por el extinto.
Artículo segundo. — En el acto del sepelio se le rendirán los homenajes correspondientes a su grado militar, debiendo hacer uso de la palabra en representación de la Convención Nacional, el Senador Suplente doctor Rafael Gómez Reyes.
Artículo tercero. — Los gastos del sepelio correrán a cargo del Poder Ejecutivo.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 11 de Septiembre de 1945.
Alb. Mendoza López. — Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario. — Rodolfo Palenque, Convencional Secretario, ad-hoc.
POR TANTO; la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 12 días del mes de Septiembre de 1945 años.
J. V. MONTELLANO. — My. Edmundo Nogales O.
TEXTO DE CONSULTA
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