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DECRETO SUPREMO N° 5509
HERNÁN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es necesario aprobar el pliego de conclusiones, firmado en fecha 26 de enero del presente año, entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Soria), la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia y representantes rentistas.
En Consejo de Ministros,
D E C R E T A:
Artículo único.— Apruébase el Convenio de fecha 26 de enero del año en curso, suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia y representantes de los rentistas.
Los señores Ministros en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social y de Hacienda y Estadística, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos sesenta años.
(Fdo).— HERNAN SILES ZUAZO.— Hugo Moreno Córdova.— Aníbal Aguilar P.— Jorge Antelo Gral.- A. Pacheco.— Carlos Guzmán P.— Jorge Tamayo R.— Germán Monroy Block.
TEXTO DE CONSULTA
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