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DECRETO SUPREMO N° 5426
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el H. Congreso Nacional ha recesado en sus funciones sin haber completado las designaciones de sus Representantes ante las Cortes Departamentales Electorales;
Que la atribuición 20a. del artículo 94 de la Constitución Política del Estado, faculta al Poder Ejecutivo la provisión interina de funcionarios cuando otro Poder se encuentra en receso.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
Artículo único.- Reintégrase la Representación del Poder Legislativo ante las Cortes Departamentales Electorales, con los siguientes HH. Representantes Nacionales:
La Paz: H. Egberto Ergueta suplente Cochabamba: H. Abdón Ugarte suplente Chuquisaca: H. Horacio Torrez Guzmán H. Fidel Gutiérrez titular suplente Potosí: H. Nicolás Bernal H. Pedro Arismendi titular suplente Tarija: H. Jaime Arellano H. Pedro Ribera titular suplente Santa Cruz: H. Francisco Dabdoub Yepez H. Oscar Chávez Paz titular suplente suplente Beni: H. Ignacio Callaú suplente
El señor Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos sesenta años.
(FDO).— HERNAN SILES ZUAZO.— C. Morales Guillén.— M. Diez de Medina.— H. Moreno Córdova.— Jorge Tamayo R.— Aníbal Aguilar P.— Hernando Poppe M.— Jacobo Abularach.— Jorge Antelo.
TEXTO DE CONSULTA
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