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LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 1959
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por Cuanto: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo único.— Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Viacha, permutar previo los trámites de ley, dos inmuebles de su pertenencia ubicados en la Plaza Ballivián de aquella localidad, con otro cuya total extensión, valor y ubicación es igual al de los anteriores y que pertenecen a los bienes del Arzobispado de La Paz, por convenir a los intereses comunes de ambas partes.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 17 de diciembre de 1959.
(Fdo.) Rubén Julio Castro, Presidente del H. Senado Nacional.— Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la H. Cámara de Diputados.— Ciro Humboldt B., Senador Secretario.— Humberto Velarde, Senador Secretario.— Ranulfo Molloja H., Diputado Secretario.— Jorge Canedo, Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve años.
(Fdo.) HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.— Carlos Morales Guillén, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
TEXTO DE CONSULTA
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