Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 1959
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por Cuanto: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1°— Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Viacha efectuar el loteamiento y la venta conforme a ley, de los terrenos baldíos municipales existentes en dicha ciudad.
Artículo 2°— Los fondos provenientes de la venta de estos terrenos serán destinados a la construcción de la Casa Municipal, obras de alcantarillado de la población y construcción de un Camal Municipal.
Artículo 3°— El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 17 de diciembre de 1959.
Rubén Julio Castro, Presidente del H. Senado Nacional.— Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados.— Ciro Humboldt, Senador Secretario.— Humberto Velarde, Senador Secretario.— Ranulfo Molloja H., Diputado Secretario.— Jorge Canedo, Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve años.
(Fdo.) HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.— Carlos Morales Guillén, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026