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DECRETO SUPREMO N° 5339
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de las medidas adoptadas por el Ministerio de Hacienda, los ingresos producidos en los meses vencidos de la presente gestión, en su mayoría han cubierto los cupos asignados a las Oficinas Recaudadoras;
Que la anterior circunstancia, permite preveer un superávit en los Ingresos Nacionles para la presente gestión, a producirse en los meses venideros y durante el período suplementario;
Que por otra parte, en el Capítulo de Egresos, existen partidas cuyo crédito ha resultado insuficiente para la atención por todo el curso del año de las necesidades a que se halla destinado, como en el caso concreto del aporte del Estado en favor de la Caja Nacional de Seguridad Social;
EN CONSEJO DE MINISTRO,
DECRETA:
Artículo único.— Apruébase el siguiente Presupuesto Adicional de Ingresos y Egresos Nacionales, para su vigencia durante la presente gestión:
INGRESOS
CAPITULO UNICO — INGRESOS NACIONALES
Párrafo "D" — Ingresos Varios
172a.— Mayor rendimiento de Ingresos a producirse
en el curso de la gestión 1959......................................... Bs. 20.000.000.000.—
EGRESOS
SERVICIO DE OBLIGACIONES DEL ESTADO
CAPITULO II — OBLIGACIONES DEL ESTADO
36.— Contribución a la Caja Nacional de Seguridad
Social Bs. 20.000.000.000.—
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y nueve años.
(Fdo.) HERNAN SILES ZUAZO.— H. Moreno Córdova.— Julio Ml. Aramayo.— Jorge Tamayo R.— Hernando Poppe M.— Aníbal Aguilar P.— Carlos Guzmán P.— Germán Monroy Block.— Jorge Antelo.
TEXTO DE CONSULTA
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