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LEY DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 1959
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por Cuanto: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo único:— Autorízase a la Municipalidad de Tarija para que ceda el Chalet de su propiedad, situado entre la Avenida "Domingo Paz" y la Calle "Marqués Fernández Campero", en favor de la Universidad "Juan Misael Saracho", de acuerdo a los términos y condiciones estipuladas en el convenio privado de 2 de octubre de 1958, suscrito entre ambas entidades.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 26 de agosto de 1959.
Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.— Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la H. Cámara de Diputados.— Alberto Lavadenz, Senador Secretario.— Francisco Morales, Senador Secretario.— Ranulfo Molloja Hoyos, Diputado Secretario.— Jorge Canedo, Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve años.
(Fdo).— HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.— Walter Guevara Arze, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
TEXTO DE CONSULTA
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