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DECRETO SUPREMO N° 5229
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decretos Supremos de 17 de mayo de 1944, elevado a ley en 5 de enero de 1945, y número 4736 de 16 de septiembre de 1957, se ha determinado la composición del personal de Vocales del Honorable Jurado Nacional de Aduanas, restructurando su organización y funcionamiento;
Que por haber sido suprimido en el presupuesto el cargo de Inspector General de Aduanas, se hace necesario reintegrar el número de miembros del Honorable Jurado Nacional de Aduanas con otro representante del Gobierno, a fin de mantener el equilibrio que debe existir entre las representaciones de las entidades privadas y del Estado;
DECRETA:
Artículo único.— Modifícase el artículo 1° del Decreto Supremo N° 4736 de 16 de septiembre de 1957, sustituyéndose al Inspector General de Aduanas con el abogado de la Administración Nacional de la Renta, como miembro del Honorable Jurado Nacional de Aduanas con derecho a voz y voto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Estadística queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve años
(Fdo.) HERNAN SILES ZUAZO.— Eufronio Hinojosa.
TEXTO DE CONSULTA
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