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DECRETO SUPREMO N° 5144

 

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso 13° del artículo 94 de la Constitución Política del Estado faculta al Jefe del Poder Ejecutivo para decretar amnistía por la Comisión de delitos políticos;

 

Que en ejercicio de esa facultad el Presidente de la República, manteniendo la continuidad de los propósitos de concordia y de pacificación que anima al Gobierno de la Revolución Nacional, decidió en el Congreso de Ex-Combatientes de la Guerra del Chaco celebrado en la ciudad de Sucre, dictar amnistía en favor de los ex-combatientes sometidos a la jurisdicción de la justicia ordinaria por los sucesos del 21 de octubre del pasado año.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°— Concédese amplia e irrestricta amnistía a todos los ciudadanos que, acreditando su calidad de Ex-Combatientes de la Guerra del Chaco a través de las pruebas preconstituidas reconocidas por Ley, estuviesen procesados, acusados, detenidos o en el extranjero como emergencia del golpe subversivo del 21 de Octubre del pasado año, sin excepción alguna.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Gobierno y Justicia y de Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta y nueve años.

 

(Fdo).— HERNAN SILES ZUAZO.— Walter Guevara A.— Victor Andrade U.— Eufronio Hinojosa.— Germán Monroy B.— Hernando Poppe.— Jorge Tamayo R.— Anibal Aguilar P.— Jorge Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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