DECRETO SUPREMO N° 3776
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, las numerosas escuelas seccionales ubicadas en zonas alejadas y dependientes del Distrito de Vallegrande del Departamento de Santa Cruz, se hallan sin control necesario para el desenvolvimiento eficiente de sus labores;
Que, en tales condiciones, es de imperiosa urgencia la creación de un Inspector Regional, con atribuciones específicas para reajustar el grado de enseñanza impartida hasta hoy;
Que, en el Presupuesto vigente del Ministerio de Asuntos Campesinos, existen los Items No. 2704 y No. 2705, con Bs. 11.000.— cada uno para Ayudante Agropecuario y Portero Sirviente, respectivamente, del Núcleo Escolar Campesino de Guadalupe y que están sin aprovechamiento alguno, por hallarse en acefalía dichos cargos, pudiendo utilizarse en servicios de mejoramiento.
D E C R E T A:
Artículo 1°— Por necesidad de mejor servicio, créase el cargo de Inspector Regional de Educación Fundamental de la Provincia Vallegrande del Distrito de Santa Cruz, debiendo abonarse sus haberes mensuales con cargo a los Items Nos. 2704 y 2705 del Presupuesto vigente del Ministerio de Asuntos Campesinos a partir del mes de junio.
Los señores Ministros de Asuntos Campesinos y de Hacienda y Estadística, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y cuatro años.
(Fdo.) VICTOR PAZ ESTENSSORO (Fdo.) Ñuflo Chávez Ortíz.