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DECRETO SUPREMO N° 3759
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que es necesario dotar de local propio al Colegio Nacional "Aniceto Arce", de la ciudad de Oruro;
Que el inmueble de propiedad del señor Natalio Condarco, situado en la Av. 6 de Agosto, entre las calles Dalence y Lira, reúne condiciones para funcionamiento de ese plantel educacional;
D E C R E T A:
Artículo 1°— Declárase de necesidad y utilidad públicas la exprociación del inmueble perteneciente al señor Natalio Condarco, situado en la Av. 6 de Agosto, entre las calles Dalence y Lira, de la ciudad de Oruro, en la extensión aproximada de 2.500 M2., con destino al funcionamiento del Colegio Nacional "Aniceto Arce", de esa ciudad.
Artículo 2°— La Prefectura del Departamento de Oruro llenará las formalidades prescritas por la Ley de 30 de diciembre de 1884, debiendo abonarse el monto de la expropiación por el Ministerio de Educación con fondos provenientes del aporte del 10% que la Alcaldía Municipal de Oruro debe abonar de acuerdo al Decreto Supremo de 4 de febrero de 1954.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y cuatro años.
(Fdo.) VICTOR PAZ ESTENSSORO (Fdo.) F. Alvarez Plata.
TEXTO DE CONSULTA
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