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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 3750

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que mediante Resolución Suprema No. 60448 de fecha 24 de noviembre de 1953, se autorizó al Ministerio de Defensa Nacional la adquisición de instrumental y materiales fotogramétricos, destinados a completar el equipo que tiene el Instituto Geográfico Militar;

 

Que, para cubrir el equivalente de la segunda y tercera cuotas, conforme se establece en el punto 4° de la indicada Resolución, es necesario autorizar al Banco Central un empréstito en favor del Ministerio de Defensa Nacional, de tal manera que la adquisición de referencia, pueda hacerse efectiva a la brevedad;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

Artículo 1°— Se autoriza al Banco Central de Bolivia, para que en ejecución de la Resolución Suprema No. 60448 de 24 de noviembre de 1953, conceda al Ministerio de Defensa Nacional, un empréstito por la suma de Bs. 13.502.665. 40 (Trece millones quinientos dos mil seiscientos sesenta y cinco con cuarenta centavos), resultante de la Segunda y Tercera cuotas, en favor de Galileo Corporation of America, New York, por el importe de equipo y material aerofotogramétrico detallado en la Resolución Suprema indicada, con destino al Instituto Geográfico Militar.

 

Artículo 2°— Se garantiza el empréstito con la percepción de fondos por concepto de Impuestos a la Carta, los cuales se depositarán en el Banco Central, en cuenta especial, y el Banco fijará las condiciones de plazo, tipo de amortización e interés, de acuerdo a normas usuales.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Estadística, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y cuatro años.

 

(Fdo.) VICTOR PAZ ESTENSSORO.— Alberto Mendieta A.— A. Cuadros Sánchez.— Cnl. Armando Prudencio.— Julio Ml. Aramayo.— F. Alvarez Plata.— Angel Gómez G.— Alcibiades Velarde.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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