TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 16176

GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Ministerio de Defensa Nacional, ha solicitado la dictación de un instrumento legal que ampare la adquisición de equipo técnico-electrónico con destino a la Escuela Militar de Ingeniería “Mcal. Antonio José de Sucre”.

 

Que la compra de este equipo electrónico servirá para la iniciación, prosecución, análisis y desarrollo de estudios e investigación en la materia de Ingeniería que se realizan en la indicada casa de estudios.

 

Que, de acuerdo a normas jurídicas que rigen, la adquisición de bienes con destino a entidades públicas, es necesario aprobar la selección, adjudicación y compra mediante una disposición legal expresa.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional, la adquisición de un equipo técnico-electrónico, con destino a la Escuela Militar de Ingeniería “Mcal. Antonio José de Sucre” de acuerdo a la selección y adjudicación efectuada por los organismos técnicos, conforme al siguiente detalle:

 

PROVEEDOR TEXTRONIX INC.

Item

Cantidad

Descripción

Precio en $us.

 

 

 

 

 

1

1

Osciloscopio Mod. 465

 

2.494.00

2

3

Osciloscopios Mod. T932A

 

3.639.00

3

1

Generador de pulsos Mod. PG505

 

499.00

4

1

Filtro pasabanda/amplificador

Mod. AF501

 

1.218.00

5

1

Generador de funciones FGú02

 

683.00

6

1

Generador de funciones FG503

 

473.00

7

2

Fuentes de poder PS503A

 

788.00

8

2

Módulo de potencia TM503

 

378.00

 

 

 

FOB

10.172.00

 

 

Más gastos

CIF

1.221.00

 

 

 

$us.

11.393.00

 

 

 

 

 

PROVEEDOR: INTERMETRA CORPORATION

 

 

 

 

 

9

1

Fuente de poder KEPLO MOD. HBEAM

752.00

 

10

3

Fuente de poder KEPCO MOD. JQE-36-3H

1.353.00

 

11

2

Multímetro digital FLUKE MOD. 8010-A

502.00

 

12

1

Multímetro digital FLUKE MOD. 8012-A

314.00

 

13

3

Puntas de prueba de HV MOD. 80K40

204.00

 

14

3

Puntas de prueba de RF. MOD. 82RF

237.00

 

15

3

Contadores digitales de FLUKE 1911A

1.560.00

 

16

1

Puente de Impedancias GEN RAD 1650B

1.155.00

17

2

Cajas de resistencias GEN RAD 1434-9716

820.00

 

18

2

Cajas de condensadores GEN RAD 412-9410

1.370.00

 

19

1

Generador de señales sinterizadas

FLUKE MOD. 6010

2.830.00

 

20

1

Lote de componentes electrónicos

5.577.59

 

 

 

FOB

16.674.59

 

 

 

Más gastos CIF

2.632.41

19.307.00

 

 

 

 

 

PROVEEDOR: INTERMETRA CORPORATION

 

 

 

 

 

21

1

 

Computador digital DEC SR-VXRAA- VD FOB

 

17.194.00

 

 

 

Mas gastos CIF

2.106.00

19.300.00

 

 

TOTAL

$us.

50.000.00

 

 

Equivalente

$b

1.020.000.00

 

Debiendo al efecto suscribirse el contrato de compra y venta con la firma Comercial COASIN BOLIVIA S.R.L. con Padrón Nº 2090001931-0 y domicilio legal en la Avenida 6 de agosto Nº 2300-tercer piso, de la ciudad de La Paz.

 

ARTÍCULO 2.- La presente erogación se cargará a la cuenta: 400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS: 430 Maquinaria y Equipo; 431 Maquinaria y Equipo de Oficina, del presupuesto del EJERCITO correspondiente a la gestión 1979.

 

ARTÍCULO 3.- La adquisición del presente equipo electrónico, está liberado de impuestos, derechos arancelarios, impuestos municipales, fiscales y otros.

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Defensa Nacional y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de febrero de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Oscar Pammo Rodríguez, Juan Muñoz Revollo, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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