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DECRETO SUPREMO N° 3598

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la "Fundación Educacional", de la ciudad de Cochabamba, cuya personería jurídica se halla reconocida, fundará para el presente año una escuela de enseñanza primaria;

 

Que, para instalarla, se cuenta con el inmueble de propiedad del señor José Rocha, Secretario de esa Fundación, situado en la calle Atahuallpa, de Calacala, sobre el que se ha suscrito contrato de arrendamiento por el término de un año con el Presidente de la Fundación y cuyas condiciones para el funcionamiento de un plantel escolar, son satisfactorias, como se expresa en el informe de la Jefatura de ese Distrito;

 

Que es deber del Estado colaborar a la difusión de la enseñanza;

 

DECRETA:

 

Artículo único. — Declárase de necesidad y utilidad públicas, para fines del art. 15 del Decreto Supremo de 30 de abril de 1945, reglamentario de la Ley de 3 de enero del mismo año, el inmueble de propiedad del señor José Rocha B., situado en la calle Atahuallpa s/n. de Calacala, para el funcionamiento de la escuela particular que establecerá la "Fundación Educacional", de Cochabamba, en el presente año escolar, por su cuenta y sin obligación económica para el Estado

 

E1 señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de enero de mil novecientos cincuenta y cuatro años.

 

(Fdo.) VICTOR PAZ ESTENSSORO.— Federico Alvarez Plata.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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