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DECRETO SUPREMO Nº 11180

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 10667 de 29 de diciembre de 1972, fue aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público para la gestión de 1973; Ley Financial en la que no se consideraron por omisión, diversas reuniones y conferencias internacionales a las que deben asistir los funcionarios de la Secretaría Técnica de Integración del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

 

Que, las sumas presupuestadas en la referida disposición legal, para la Secretaría Técnica de Integración en el capítulo de pasajes y viáticos, son insuficientes para atender las negociaciones en el Acuerdo de Cartagena y la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, reuniones a las que deben concurrir los expertos de la Secretaría Técnica de Integración, para atender la buena marcha de los acuerdos de integración, en los que participa Bolivia y que son de alto beneficio para el país.

 

Que, por las razones anotadas, es necesario aprobar un Presupuesto Adicional por estos servicios para la Secretaría Técnica de Integración del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con el fin de reforzar su presupuesto para el normal desenvolvimiento de sus funciones especificas por un total de Cien Mil Treinta y Siete 85/100 Pesos Bolivianos ($b. 100.037,85).

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Secretaría Técnica de Integración para la gestión fiscal de 1973 de acuerdo al detalle siguiente:

 

INGRESOS

 

(En pesos bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

CODIGO

 

FUENTE

PRESUPUESTO

ADICIONAL

1973

 

1 Nacionales

 

 

100.037,85

_________

1 Tesoro Nacional

 

100.037,85

 

Total.-

 

100.037,85

_________

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

 

CODIGO

 

DESCRIPCION

PRESUPUESTO

ADICIONAL

1973

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

 

 

230

 

 

Transporte y gastos de viaje

 

100.037,85

 

231

 

 

Gastos por pasajes

 

36.757,95

 

232

 

 

Viáticos

 

 

Total.

 

63.279.90

________

 

100.037,85

 

 

Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y seis días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL HUGO BANZER SUAREZ, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Armando Pinell Centellas, Germán Azcarraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Angel Gemio Ergueta, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Fernando Paz Baldivieso, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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