TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 11061

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que han formulado renuncia de sus altos cargo los señores Ministros de Estado, dejando en libertad al Primer Mandatario de la Nación, de constituir su nuevo Gabinete Ministerial;

 

Que, es facultad propia del Excmo. señor Presidente de la República designar a los señores Ministros de Estado.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Desígnase Ministros de Estado en las diferentes Carteras Ministeriales a los siguientes ciudadanos

 

Dr. Mario R. Gutiérrez Gutiérrez; Ministro de Relaciones Exteriores y Culto; Cnl. DAEM Walter Castro Avendaño, Ministro del Interior, Migración y Justicia, Gral. de Div. Jaime Florentino Mendieta Vargas, Ministro de Defensa Nacional, Lic. Armando Pinell Centellas, Ministro de Finanzas; Arq. Germán Azcárraga Jiménez, Ministro de Urbanismo y Vivienda, Dr. Luis Leigue Suárez, Ministro de Previsión Social y Salud Pública; Sr. Ambrosio García Rivera, Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil; Dr. Jaime Tapia Alipaz, Ministro de Educación y Cultura; Dr. Angel Gemio Ergueta, Ministro de Trabajo y Asuntos Sindicales; Tcnl. DEM. Alberto Natusch Busch, Ministro de Agricultura y Ganadería, Cnl. DAEM. Ramón Azero Sanzetenea, Ministro de Asuntos Campesinos; Ing. Roberto Capriles Gutiérrez, Ministro de Energía e Hidrocarburos; Dr. Javier Bedregal, Ministro de Minería y Metalurgia; Tcnl. DEM. Juan Pereda Asbún, Ministro de Industria, Comercio y Turismo; Ing. Julio Prado Salmón, Ministro Secretario del Consejo Nacional de Economía y Planificación; Sr. Waldo Cerruto Calderón de la Barca, Ministro de Estado; Dr, Guido Valle Antelo, Ministro Secretario General de la Presidencia de la República.

 

ARTÍCULO 2.- El señor Ministro en el Despacho de Informaciones y Deportes, será designado oportunamente.

 

Los Ministros designados, tomarán posesión de sus cargos en el día.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ;

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|