|
|
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
LEY N° 254
MAMERTO URRIOLAGOITIA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo único.—Los gastos de curación, en el país o en el exterior, del Presidente del H. Congreso Nacional doctor Waldo Belmonte Pool, herido gravemente como consecuencia del atentado de que ha sido victima, serán cubiertos por el Tesoro Nacional, imputándose a servicios extraordinarios.
Remítase al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 14 de septiembre de 1950.
(Fdo.) Juan Manuel Balcázar.— (Fdo.) Lucio Lanza Solares.— (Fdo.) Carlos López Arce, Senador Secretario.— (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.— (Fdo.) A. Bailón Mercado, Diputado Secretario.— (Fdo.) Pedro Montaño, Diputado Secretario.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta años.
(Fdo.) MAMERTO URRIOLAGOITIA H.— (Fdo.) Luis Ponce Lozada.— (Fdo.) Julio Alvarado.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026