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DECRETO SUPREMO N° 2061
MAMERTO URRIOLAGOITIA H.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el día 12 de junio de 1950 se realizará en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, la conferencia de las Naciones sobre Asistencia Técnica;
Que en la referida asamblea internacional deberá darse a conocer el aporte de nuestro país para el programa de asistencia técnica auspiciado por el organismo mundial,
EN CONSEJO DE MINISTROS;
DECRETA:
Artículo único.—Destínase el equivalente en bolivianos de la suma de $us. 12.500.— (doce mil quinientos dólares), para contribuir al fondo de las Naciones Unidas para asistencia técnica, con imputación al Servicio de Obligaciones del Estado del presupuesto nacional de 1950.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y Hacienda y Estadística quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos cincuenta años.
(Fdo.) MAMERTO URRIOLAGOITIA H.— (Fdo.) P. Zilveti Arce.— (Fdo.) E. Fricke Lemoine.— (Fdo.) Cnl. J. Rodríguez.— (Fdo. Abraham Valdéz.— (Fdo.) Gral Antenor Ichazo.— (Fdo.) A. Gutiérrez Salgar.— (Fdo.) R. Gutiérrez Granier.— (Fdo.) Ciro Félix Trigo.
TEXTO DE CONSULTA
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