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DECRETO SUPREMO N° 10594

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo N° 10248 de 9 de mayo del año en curso, se aprobó el Presupuesto Consolidado del Sector Público, para la gestión de 1972;

 

Que, en el Presupuesto del Servicio de Relaciones Exteriores, existe un ahorro de $b. 33.580.- en la Partida 431 Equipo de Oficina y Muebles;

 

Que, con el objeto de cancelar adeudos pendientes por concepto de gastos generales incurridos durante la presente gestión se, hace necesario disponer el traspaso de fondos por la mencionada suma.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, efectuar el traspaso de fondos dentro de su Presupuesto de la gestión en curso por la suma de $b. 33.580.- (TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS) de acuerdo a lo dispuesto por el D.S. Nº 08321 de 9 de abril de 1968, de conformidad al siguiente detalle;

 

DE:

400

ACTIVOS FIJOS Y

FINANCIEROS

 

33.580.-

430

MAQUINARIA Y EQUIPO

33.580.-

431

Equipo de Oficina y Muebles

33.580.-

A:

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

33.580.-

320

SUMINISTROS GENERALES

33.580.-

328

Otros Suministros Generales

33.580.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Patiño, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Guido Humerez Cabrera, Carlos Iturralde Ballivian.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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