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DECRETO SUPREMO N° 10541

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.S. N° 10248 de 9 de mayo del año en curso, se ha aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público para la Gestión de 1972, Presupuesto en el que se consignó limitados recursos en la Partida de “Gastos por Pasajes” y “Viáticos”, la misma que al presente se encuentra totalmente agotada;

 

Que, la Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación requiere de Presupuesto Adicional para encarar los gastos de pasajes y viáticos de Comisiones Oficiales que deben viajar al exterior, con motivo de cumplir compromisos internacionales ineludibles para el país;

 

Que, por las razones Anotadas, es necesario aprobar el Presupuesto Adicional para el rubro de gastos enunciados, para la presente gestión de 1972, en un total de $b. 66.900.-.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación para la gestión fiscal de 1972, por la suma de SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 65.900.-), de acuerdo al siguiente detalle;

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

Fuente

Presupuesto

Adicional

 

I

 

NACIONALES

 

66.900.-

 

1.-

Tesoro Nacional

66.900.-

 

 

T o t a l :

66.900.-

 

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO :

 

Código

Descripción

Presupuesto

Adicional

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

66.900.-

230

TRANSPORTE Y GASTOS DE

VIAJE

66.900.-

231

Gastos por Pasajes

27.300.-

232

Viáticos

39.600.-

 

T o t a l :

66.900.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Ministro Secretario del Consejo Nacional de Economía y Planificación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Arturo Cronembold Parada, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Guido Humerez Cabrera, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño,, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iuturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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