Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 10499

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, ante la carencia de un local propio para sus cuarteles, la Dirección Departamental de la Guardia Nacional de la ciudad de Trinidad, solicitó a la Prefectura la cesión a título gratuito de los terrenos que actualmente ocupa el local de la Guardia Nacional y que es de propiedad de la Prefectura del Beni;

 

Que, la Prefectura ha hecho conocer al Ministerio, que el inmueble solicitado por la Guardia es de propiedad Estatal y que no existe oposición para la cesión, máxime si la Institución Policiaria actualmente ocupa ese inmueble con sus dependencias;

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es de impostergable necesidad dotar de edificios propios y adecuados a las Instituciones que garantizan el órden público, para el mejor cumplimiento de sus funciones;

 

Que, se hace necesario autorizar la transferencia del inmueble del Estado, que actualmente ocupa la Guardia con sus demás dependencias de la ciudad de Trinidad.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Prefectura del Departamento del Beni, ceder a título gratuito a la Guardia Nacional de Seguridad Pública, el edificio ocupado actualmente por la Guardia Departamental, con una extensión de 1.148,85 M2. ubicado entre las calles 6 de Agosto y Joaquín de Sierra en la ciudad de Trinidad, con objeto de construir en él, las reparticiones y cuarteles destinados a la Guardia Nacional de Seguridad.

 

ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento del Beni y la Guardia de Seguridad Pública, suscribirán la correspondiente escritura de cesión por ante el Notario de Hacienda, con la concurrencia del señor Fiscal del Distrito é Interventor de la Contraloría de Trinidad.

 

El señor Ministro del Interior, queda encargado del cumplimiento y ejecución del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Alfredo Arce Carpio, Javier Campero Paz, Arturo Cronenbold Parada, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|




Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2025
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja