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DECRETO SUPREMO No 949

 

PRESUPUESTO.—El Ministerio de Defensa Nacional, podrá efectuar erogaciones para gastos de viaje de oficiales al exterior e imprevistos, hasta la Suma de $us. 34.950.—imputables a economías de los ítems 1741 y 1742 de su Presupuesto.

 

ENRIQUE HERTZOG G.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que a raíz de los gastos ocasionados por el envío de misiones de confraternidad con las Fuerzas Armadas de otros países, conferencias de aeronavegación y gastos de viaje de oficiales al exterior, se ha agotado el ítem de gastos de viaje al exterior;

 

Que por razones económicas es necesario disponer el retorno de algunos agregados militares y oficiales que se encuentran en misión de estudios en el exterior;

 

Que, por otra parte, ha sido invitada por el Gobierno de los Estados Unidos de Norte América una misión de oficiales bolivianos con fines de enseñanza;

 

Que otros gastos emergentes de las causas anotadas anteriormente han dejado sin saldo el ítem de gastos imprevistos en divisas;

 

Que es de urgente necesidad disponer de los fondos que se precisan para cubrir las erogaciones con dos fines anotados;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional para que efectúe erogaciones para gastos de viaje de oficiales al exterior e imprevistos hasta la suma de $oa. 34.950— imputables a las economías de los siguientes ítems del Presupuesto de Defensa Nacional:

 

CAPITULO SEPTIMO, PARRAFO III

 

1742 Suplemento por costo de vida de seis

oficiales que debían viajar a tomar

cursos de aviación $oa 9.360.—

Suplemento por costo de vida de seis

Capitanes técnicos que tampoco via-

jaron " 21.840.—

1741 Suplemento por costo de vida del

Agregado Militar en Inglaterra " 3.750.—

——————— $oa. 34.950.—

———————

 

Los señores Ministros en dos Despachos de Defensa Nacional y Hacienda y Estadística, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Dado en la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.

 

ENRIQUE HERTZOG.—P. Zilvetti Arce.—Carlos Guachalla.—Armando Alba— Raúl Laguna Lozada.—Tomás Ml. Elío.—Crisanto Valverde.— Alfredo Mollinedo.— Melchor Pinto Parada.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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