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DECRETO SUPREMO N° 917

 

ESTAMPILLAS.—Se autoriza la circulación de las estampillas conmemorativas de la entrevista de los presidentes de Bolivia y la Argentina.

 

ENRIQUE HERTZOG

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Supremo No. 00912, de fecha 10 del mes en curso, se ha encomendado a la firma impresora "Litografías e Imprentas Unidas" de esta ciudad, la emisión de una serie de estampillas postales ordinarias y aéreas, en homenaje a la entrevista de los mandatarios de las Repúblicas de Bolivia y la Argentina, Dr. Enrique Hertzog y General Juan Domingo Perón, a realizarse en la ciudad de Yacuiba, el 23 del presente y, siendo necesario legalizar su circulación.

 

DECRETA:

 

Artículo lo.—Autorízase la circulación legal de las siguientes estampillas postales para el correo aéreo y ordinario:

 

1.000.000 estampillas ordinarias de Bs. 1.40.

1.000.000 estampillas aéreas de Bs. 2.90.

 

La Dirección General de Correos y el Tesoro Nacional, se encargarán de poner en circulación estas estampillas, a partir del 23 del mes en curso y, de dar cumplimiento a los dispuesto por el artículo 193 del Reglamento de Ejecución del Convenio Postal Universal, celebrado en Buenos Aires en 1939, remitiendo a la oficina Postal Internacional de Berna, el número de ejemplares de dichas estampillas, para su distribución entre las Administraciones extranjeras, así como los ejemplares que, por este mismo concepto, corresponden a la Dirección General de Correos de Bolivia, para su colección oficial.

 

Artículo 2o. — Los señores Ministros de Estado en las Carteras de Comunicaciones y Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y siete años.

 

ENRIQUE HERTZOG.—Crisanto Valverde.—Carlos Guachalla.

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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