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DECRETO SUPREMO N° 879—2
IMPUESTO.—Se reduce el impuesto arancelario de arenques en conserva que se importan al país.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la preparación de sardinas en conserva ha sido reducida en proporciones considerables, dando lugar a la elevación exagerada de los precios de venta, debido a la desaparición de esta clase de peces en las costas de California, de donde se surtía el comercio nacional, por causas desconocidas;
Que en tal emergencia, los países proveedores, de este artículo desean lanzar a la venta en sustitución del producto, arenques bajo la misma forma de preparación y en envases idénticos a los de las sardinas, siendo conveniente reducir en forma prudencial la tarifa actual que rige, así como el recargo por diferencia de cambio, con el objeto exclusivo de que la adquisición por el consumidor esté a su alcance y posibilidades económicas;
En uso de la atribución conferida por el Art. 22 de la Tarifa de Avalúos vigente;
DECRETA:
Artículo único:— El impuesto arancelario de los arenques en conserva del párrafo No. 32, envasados en la misma forma que las sardinas comunes, se reduce a Bs. 0.16 con el 80 % de recargo, por diferencia de cambio, en igualdad de condiciones con el salmón, salmoneta y Mackerel.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de agosto de mil novecientos cuarenta y siete años.
ENRIQUE HERTZOG.—Alcides Molina.
TEXTO DE CONSULTA
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