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DECRETO SUPREMO N° 874
FERIADO.- Se declara en el Departamento de Santa Cruz, con motivo de la inauguración del monumento erigido en memoria del que fué Monseñor José Belisario Santistevan.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el día 18 del presente mes, con ocasión del centésimo cuarto aniversario del nacimiento de Monseñor José Belisario Santistevan, se inaugura en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra el monumento erigido para perpetuar el recuerdo del dignísimo prelado y esclarecido ciudadano, educacionista y benefactor;
CONSIDERANDO:
Que el H. Congreso Nacional ha pasado al Poder Ejecutivo una minuta de comunicación en sentido de que se declare feriado ese día, con cierre de oficinas públicas y suspensión de actividades particulares en el departamento de Santa Cruz, y es deber del Supremo Gobierno honrar la memoria de los ciudadanos que se han hecho acreedores a la gratitud nacional por sus eminentes servicios prestados al país.
DECRETA:
Artículo lo.—Declárase feriado el día 18 del mes corriente, con cierre de oficinas publicas y suspensión de actividades particulares en el departamento de Santa Cruz.
Artículo 2o.—El señor Prefecto de ese Departamento representará al Poder Ejecutivo en todos los actos que se celebren con motivo de la inauguración del mencionado monumento, declarado de carácter nacional por ley de 23 de octubre de 1943.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Gobierno y Culto quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de agosto de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. HERTZOG.—Luis Ponce Lozada.
TEXTO DE CONSULTA
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