Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
DECRETO SUPREMO N° 859
EXPROPIACION.— Se declara de necesidad y utilidad públicas los terrenos adyacentes al Hospital “San Juan de Dios" de Tarija, propios de Pelagio Narvaez.
ENRIQUE HERTZOG
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que para los trabajos de ampliación del Hospital "San Juan de Dios" de Tarija, se han utilizado, sin previa expropiación, los terrenos pertenecientes a la testamentaría de Pelagio Narvaez;
Que el proceso de expropiación de dichos terrenos, tramitado por la Prefectura de Tarija, se ha anulado por falta de ley o de decreto que declare la gran necesidad y utilidad pública de las obras ejecutadas.
DECRETA:
Artículo lo.— Se declara de necesidad y utilidad pública, la expropiación de los terrenos adyacentes al Hospital "San Juan de Dios" de Tarija, propios de la testamentaría de Pelagio Narvaez, en la extensión de 2.585.47 m2.
Artículo 2o.— El Ingeniero Departamental de Obras Públicas de Tarija, levantará el respectivo plano de especificaciones.
Artículo 3o.—La. Prefectura del Departamento de Tarija, llenará las disposiciones prescritas por la Ley de 30 de diciembre de 1.884 para los efectos de la expropiación.
El señor Ministro de Higiene y Salubridad, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 28 días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. HERTZOG.—Carlos Morales y Ugarte.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026