Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 848

 

CENSO.—Se completa la delegación boliviana que asistirá a las reuniones de la Comisión Especial del Censo de las Américas en Washington.

 

ENRIQUE HERTZOG

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que durante el mes de septiembre del presente año han de llevarse a cabo en la ciudad de Washington, las reuniones de la Comisión Especial del Censo de las Américas, del Congreso Interamericano de Estadística y del Congreso Mundial de Estadística, reuniones a las que ha sido oficialmente invitado el Gobierno de Bolivia;

 

Que la Excelentísima Junta de Gobierno ha acreditado, mediante Resolución Suprema de fecha 8 de noviembre de 1946, al Dr. Jorge Pando Gutiérrez, actual Director General de Estadística, como delegado del Gobierno de Bolivia para que represente los intereses y puntos de vista de nuestro país en la Comisión Especiad del Censo de las Américas de 1950

 

Que es necesario completar la delegación boliviana con técnicos que se encuentren en Washington en septiembre de 1947, ejerciendo funciones en nuestra Embajada o como becados en los Estados Unidos;

 

DECRETA:

 

Artículo l°.— La Delegación de Bolivia a los Congresos Interamericano y Mundial de Estadística, estará formada por el Director General de Estadística, Dr. Jorge Pando Gutiérrez, asesorado por los señores Director del Departamento de Análisis de la misma oficina, Sr. Asthenio Averanga, y el agregado Comercial de la Embajada de Bolivia en Washington, Sr. Germán Rovira.

 

Artículo 2o.— Para cubrir los gastos de viaje y estadía del Director General de Estadística, autorízase la erogación de un mil quinientos cincuenta dólares ($US. 1.550.—) y su equivalente en moneda nacional, con cargo a Obligaciones del Estado.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Hacienda y Estadística, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 22 días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y siete años.

 

ENRIQUE HERTZOG.—Alcides Molina.—Luis F. Guachalla.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

|




Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2025
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja