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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 835

 

PRESUPUESTO. — Se modifica el de Defensa Nacional de Bs. 240.000.000.— a Bs. 247.396.779.47.

 

ENRIQUE HERTZOG

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que por D. S. Nos. 00770 y 00816 de fechas 27 de marzo y 30 de junio del presente año, se ha fijado el monto del Presupuesto Ordinario para el Servicio de Defensa Nacional para la presente gestión en la suma de Bs. 240.000.000.—;

 

Que la cantidad indicada es insuficiente para cubrir el pago de sueldos, socorros y alimentación de tropa y otras necesidades premiosas del citado Servicio;

 

Que por tal motivo es necesario considerar el aumento del referido Presupuesto Ordinario;

 

CON DICTAMEN AFIRMATIVO DEL CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Artículo Unico. — El presupuesto para el servico de Defensa Nacional de la presente gestión se fija en la suma total de Bs. 247.396.779.47.

 

La diferencia resultante entre las sumas que fijan los D. S. Nos. 00770 y 00816 y el presente, será entregada por el Tesoro General de la Nación a la Pagaduría Central del Ejército y la Fuerza Aérea, en la siguiente forma:

 

Por concepto de reintegro de los meses

de enero a junio (transcurridos)……………….. Bs. 3.698.389.74

En cuotas mensuales y a partir del

presente mes…………………………………… " 3.698.389.73

 

Bs. 7.396.779.47

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Defensa, respectivamente, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y siete años.

 

ENRIQUE HERTZOG.—Eduardo Montes y Montes.— Luis Fernando Guachalla.—O. Gutiérrez.—L. Ponce Lozada.—Alcides Molina.—Armando Alba.—Germán Costas.—Gustavo Henrich.—A. Mendizábal.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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