Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 824

 

YACIMIENTOS PETROLIFEROS.— Se aprueban los contratos para la construcción del oleoducto Tin-Tin—Cochabamba y refinerías en Cochabamba y Sucre.

 

ENRIQUE HERTZOG G.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.

 

CONSIDERANDO:

Que, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos en ejecución del programa de desarrollo industrial delineado con fines de autoabastecer el mercado con productos petrolíferos de origen nacional, ha suscrito con Williams Brothers Company y Foster Wheeler Corporation, contratos de trabajo para la construcción del oleoducto Tin- Tin— Cochabamba y para la fabricación y erección de dos refinerías a instalarse en las ciudades de Cochabamba y Sucre, respectivamente;

 

Que, el el Directorio de Y. P. F. B., conforme a lo mandado por el artículo 20 de sus Estatutos, ha dado su aprobación a los citados contratos;

 

POR TANTO, EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Artículo primero. — Apruébanse los contratos suscritos entre Y. P. F. B. y las firmas americanas Williams Brothers Company Foster Wheeler Corporation en fecha 6 y 15 de noviembre de 1946 y 14 de febrero de 1947, para la construcción del oleoducto Tin-Tin—Cochabamba, el primero, y para la construcción e instalación de refinerías en Cochabamba y Sucre los últimos.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto,

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y siete años.

 

ENRIQUE HERTZOG.— Luis Fernando Guachalla.—Alcides Molina.—Luis Ponce Lozada,— Germán Costas.— Gustavo Henrich.— Eduardo Montes y Montes.—Alfredo Mendizábal.—Carlos Morales y Ugarte.—Armando Alba.—Oswaldo Gutiérrez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

|




Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2025
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja