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DECRETO SUPREMO N° 814
DEPORTES.— El Banco Central de Bolivia concederá préstamos a instituciones que fomentan la cultura física.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que se han organizado varias instituciones dedicadas a promover e impulsar los deportes, habiendo aportado capitales, que les son insuficientes para sus fines;
Que tales sociedades se ven obligadas a recurrir al crédito bancario con objeto de llevar a término sus laudables empeños;
Que es deber del gobierno prestarles el apoyo posible, no pudiendo hacerlo con aportes efectivos.
DECRETA:
Artículo único.— El Banco Central de Bolivia podrá conceder préstamos a las instituciones de fomento de la cultura física que sean de evidente beneficio colectivo, aplicando las modalidades de préstamos industriales acordados en el capítulo 10 de la Ley Orgánica, siempre que cuenten con respaldo suficiente.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Estadística, queda encargado de fe ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz,. a los 25 días del mes de junio de 1947 años.
ENRIQUE HERTZOG.— Alcides Molina.
TEXTO DE CONSULTA
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