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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 804

 

COMITE NACIONAL DE DEPORTES.— Se pone en vigencia su Estatuto Orgánico y demás Reglamentos que le son pertinentes.

 

ENRIQUE HERTZOG

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Suprema de 28 de marzo de 1942, fueron aprobados por el Gobierno de la Nación el Estatuto Orgánico del Comité Nacional de Deportes, Reglamento de Organización Deportiva Nacional y el Reglamento de los Congresos Nacionales de Deportes, sancionados por el Primer Congreso Nacional de Deportes que se reunió en La Paz, en el mes de febrero del mismo año;

 

Que es deber del Estado precautelar el normal desenvolvimiento de las instituciones legalmente constituídas en la República;

 

DECRETA:

 

Artículo 1o.— Confirmase la vigencia del Estatuto Orgánico del Comité Nacional de Deportes y de los Reglamentos que le son pertinentes, sancionados por el Primer Congreso Nacional de Deportes.

 

Artículo 2o. — En el orden económico—administrativo seguirá el Comité Nacional de Deportes sometido al régimen que establecen las disposiciones vigentes de la Contraloría General de la República.

 

Artículo 3o.— Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, Bellas Artes y Asuntos Indígenas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento de este Decreto.

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 19 días del mes de junio de 1947 años.

 

ENRIQUE HERTZOG.— O Gutiérrez.—Armando Alba.— Luis Fernando Guachalla.— Eduardo Montes y M.— Carlos Morales y U.— Alfredo Mendizábal.— Luis Ponce Lozada.— Germán Costas.— Gustavo Henrich.— Alcides Molina.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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