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DECRETO SUPREMO N° 793
MAGISTERIO NACIONAL—Créanse los Cursos de Verano para maestros sin título profesional.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es necesario procurar el perfeccionamiento y preparación técnica de los elementos docentes que no poseen título profesional, con fines de obtener el mejoramiento y progreso de la educación en el país;
Que el Tercer Congreso Nacional de Maestros reunido últimamente en la ciudad de La Paz, recomendó a los Poderes Públicos la realización periódica de cursos de verano para maestros interinos que reunan condiciones de vocación y capacidad para el ejercicio del magisterio.
DECRETA:
Artículo primero.— Autorízase la creación de Cursos de Verano, para maestros no titulados, que se realizarán a partir de la gestión escolar del año en curso, en la ciudad que se señale por el Ministerio del ramo.
Artículo segundo.— La Dirección General de Educación, reglamentará el funcionamiento de esos Cursos.
Artículo tercero.— Los gastos de sostenimiento de los Cursos de Verano se imputarán, por el presente año, al Capítulo de Obligaciones del Estado, del Presupuesto General de la gestión en curso.
El señor Ministro de Estado, en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. HERTZOG.—Armando Alba.—Luis Fernando Guachalla.—Alcides Molina.—Luis Ponce Lozada.—E. Montes y Montes.—Germán Costas— Alfredo Mendizábal— C. Morales y Ugarte.— Osvaldo Gutiérrez—Gustavo Henrich.
TEXTO DE CONSULTA
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