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DECRETO SUPREMO N° 787
FERIADO DEPARTAMENTAL.—Se declara en Chuquisaca por su CXXXVIII Aniversario.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Que el Departmento de Chuquisaca, celebra el día 25 de los corrientes el CXXXVIII aniversario de su efemérides cívica;
Que la insurrección de Chuquisaca constituyó el primer paso hacía la independencia del Alto Perú;
Que es deber del Gobierno asociarse a tan magna recordación;
DECRETA:
Artículo único. — Declárase feriado los días 25 y 26 del mes en curso en el Departamento de Chuquisaca, con cierre de oficinas públicas y suspensón de actividades particulares el día 26.
El señor Ministro de Gobierno, Justicia e inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 23 días del mes de mayo de 1947 años.
ENRIQUE HERTZOG.—Luis Ponce Lozada.
TEXTO DE CONSULTA
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