DECRETO SUPREMO N° 762
SUPLENCIA MINISTERIAL.—Los Ministros de Gobierno y Obras Públicas atenderán las Carteras de Trabajo, Salubridad y Previsión Social y de Educación, respectivamente.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto de 10 del mes en curso, han sido designados Ministros de Estado en los Despachos de Trabajo, Salubridad y Previsión Social y de Educación, los ciudadanos Carlos Morales y Ugarte y Armando Alba, respectivamente.
Que los Ministros de referencia aún no se han constituido en el asiento de sus funciones.
DECRETA:
Artículo único.— Mientras se constituyen en la sede del Gobierno los Ministros titulares de las Carteras de Trabajo, Salubridad y Previsión Social y de Educación, doctores Carlos Morales y Ugarte y Armando Alba, encomiéndase la atención de dichos Portafolios a los señores Ministros de Gobierno y de Obras Públicas, doctor Luis Ponce Lozada e Ingeniero Aniceto Quezada, respectivamente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos, de Gobierno y de Obras Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. HERTZOG.—Luis Ponce Lozada.—Aniceto Quezada.