Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
LEY DE 4 DE DICIEMBRE DE 1947
MATERIAL CLINICO.—El impuesto sucesorio de Genara Arias de Valdivieso se destina para la adquisición del necesario al Hospital de la Reza de Capinota.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo lo.—Destínase el monto del impuesto a la sucesión de Genara Arias de Valdivieso, fallecida en el pueblo de Capinota, a la adquisición de material clínico para el Hospital "José de la Reza" de dicho pueblo.
Artículo 2o.—El Subprefecto y el Alcalde Municipal de Capinota, juntamente con el Médico Director del indicado Hospital, se encargarán de la administración e inversión de tales fondos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 17 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia.—A. Landívar Ribera.—P. Saucedo Barberí, Senador Secretario.—A. Sarti, Senador Secretario, ad hoc.—P. Montaño, Diputado Secretario.—A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. HERTZOG.—C. Guachalla.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026