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LEY DE 4 DE DICIEMBRE DE 1947
HOSPITAL DE ARANI.—El impuesto sucesorio de Juana Arce de Ugarte se destina a la construcción de éste.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo lo.—Destínase el impuesto fiscal que rendirá la sucesión hereditaria de la que fué Juana Arce de Ugarte, para la habilitación y equipamiento del Hospital de Arani, capital de la Provincia del mismo nombre.
Artículo 2o.—La administración de estos fondos estará a cargo del Comité Pro-Hospital de Arani.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 17 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia.—A Landívar Ribera—P. Saucedo Barberí, Senador Secretario.—A. Sarti, Senador Secretario, ad hoc.—P. Montaño, Diputado Secretario —A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz. a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. HERTZOG.—C.Guachalla.
TEXTO DE CONSULTA
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