Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
LEY DE 4 DE DICIEMBRE DE 1947
AGUAS POTABLES.—Se destina a este servicio de la Villa Eufronio Viscarra, el impuesto sucesorio de Florencio Pardo.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo único.—Destínase la totalidad del impuesto correspondiente a la sucesión del que fué señor Florencio Pardo, a los trabajos de captación de aguas potables en Villa Eufronio Viscarra, segunda sección de la Provincia Mizque, del Departamento de Cochabamba.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional
La Paz, 17 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia. — A. Landívar Ribera.— C. López Arce, Senador Secretario, ad hoc.—A. Sarti, Senador Secretario —P. Montaño, Diputado Secretario —A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. HERTZOG.—C. Guachalla.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026