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LEY DE 2 DE DICIEMBRE DE 1947

 

INDEMNIZACIONES. —Se pagan en favor de las viudas e hijos de los ciudadanos que se nombran.

 

ENRIQUE HERTZOG G.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL H. CONGRESO NACIONAL

 

DECRETA:

 

Artículo lo.— Con igual imputación a la señalada por la ley de 7 de junio del presente año, asígnase la suma de tres millones de bolivianos (Bs. 3.000.000.—) para pago de indemnización a las viudas e hijos menores de los ciudanos Carlos Lopera, Jorge Ballivián, Arturo Ballivián y Raúl Zabala, inmolados en el movimiento revolucionario del 13 de junio de 1946.

 

Artículo 2o. —La cantidad anterior, se distribuirá así: 40 % por partes iguales entre las viudas y 60 % en partes iguales entre los hijos menores. Los familiares de los conscriptos Cabo Walter Vargas y soldado Augusto Cabero, recibirán a cien mil bolivianos cada uno, en caracter de indemnización.

 

Artículo 3o.-El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 14 de noviembre de 1947.

 

M. Urriolagoitia. — A. Landívar R.— M. Mogro Moreno, Senador Secretario—A. Sarti, Senador Secretario—P. Montaño Diputado Secretario. —A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.

 

POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República

 

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete años

 

E. HERTZOG.—C. Guachalla

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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