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LEY DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1947

 

CAMINO COBIJA PORVENIR.—Se destinarán a esta obra los saldos sobrantes de la construcción y conservación de los caminos del Dep. Pando.

 

ENRIQUE HERTZOG G.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL H. CONGRESO NACIONAL

 

DECRETA:

 

Artículo lo.—Todos los fondos y saldos sobrantes que, por el presente año y el de 1948, correspondan a la construcción o conservación de caminos en el Dpartamento Pando, se los empleará —única y exclusivamente en el trabajo del camino Cobija—Porvenir y en la adquisición de un tractor y de una aplanadora, con más sus accesorios y repuestos consiguientes.

 

Artículo 2o.—Dichas adquisiciones se las hará por intermedio del Ministerio de Obras Públicas pudiendo ser entregadas a particulares, bajo contrato, y dentro de las garantías y especificaciones a acordarse por tal Despacho.

 

Artículo 3o.—El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 6 de noviembre de 1947.

 

M. Urriolagoitia.—A. Landívar Ribera.—M. Mogro Moreno, Senador Secretario.—A. García Chávez, Senador Secretario.— Pedro Montaño, Diputado Secretario.—Adrián Camacho Pórcel, Diputado Secretario.

 

POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de 1947.

 

E. HERTZOG.—C. Valverde.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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